
La imposición de ocupar espacios para ser utilizados como depósitos de basura, puede llegar a sumar mas daños irremediables a los que ya vienen padeciendo estos vecinos de Bº Ituzaingo los cuales están padeciendo enfermedades permanentes y mortales que ni siquiera las guerras mundiales pudieran llegar a provocar en las personas, es por ello que hoy tenemos bien en claro que es una amenaza para la salud y el medio ambiente, en la cual no pretendemos ser mas vulnerables de lo que ya somos a esta nueva drástica amenaza, es decir, que como vecino, ciudadano y como seres humanos exigimos y pedimos que.
Se realice el estudio y evaluación del impacto ambiental.
Una audiencia pública en la que participen todos los sectores para realizar la correcta auditoria incluidos los vecinos.
Se respeten las ordenanzas municipales Nº 8167; 8343/91; 8971; 8978; 9058; 9612; 9847.
Decretos municipales; Nº 144-E-99.
Ley provincial Nº 7343 y Ley Nº 8973.
Decretos provinciales Nº 2131/00; 2149/03; 9088.
Constitución Provincial de Córdoba art. 11;110;138;186.
Ley Nacional Nº 24051.
Ley General del Ambiente Nº 25675.
Declaración de Estocolmo de 1972.
Se respete lo pactado en la “Cumbre de la tierra”; Rio de Janeiro 1992.
El principio precautorio de JOHANNEBUSGO de 2002.
La carta Democrática Interamericana aprobado por la OEA en el 2001.
La resolución Nº 1810; 2001; 1896/22 en relación del medio ambiente y la interrelación en los Derechos Humanos.
Sabiendo que el no respetar las normas y la Ley los factores ambientales aire, agua, salud, urbano, suelo, fauna y paisaje; tendrán un impacto de una forma compatible con la salud y el medio ambiente, es decir que partir de la recepción de esta misiva se dará participación a la justicia ordinaria, federal e internacional como así también a las organizaciones para el cuidado del medio ambiente (GREENPEACE) para que se respete las normas legales vigentes con el objetivo de preservar la salud y el medio ambiente.
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